Se absuelve a las recurrentes del delito de desobediencia del art. 556 del CP por el que fueron condenadas en instancia. Declara el TS que la conducta de las dos acusadas consistió en que, una vez que los agentes de policía se habían identificado, al entorpecer su actuación policial, uno de los ellos les ordenó que se apartaran del lugar en el que habían procedido a detener a un joven, y para conseguirlo comenzó a empujarlas con una de sus manos para dicho fin, haciendo ellas caso omiso e increpando a los policías, e incluso empujando ambas con sus manos al citado agente para así impedir que las apartase del lugar.
via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/1q8HZQN
No hay comentarios:
Publicar un comentario