martes, 15 de marzo de 2016

Informe sobre la contraprestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua: La Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de noviembre de 2015

La determinación de cuál debe ser la naturaleza jurídica de la prestación que pagan los usuarios de servicios públicos ha dado lugar a un intenso debate doctrinal, y a una abundante y cambiante jurisprudencia de los tribunales ordinarios en razón de la legislación aplicable en cada momento y de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. La discusión se ha centrado en determinar si esta prestación debe tener naturaleza de tasa (precio público que es ejercicio de la potestad tributaria), o bien tarifa (precio privado). Ese debate lo ha vuelto a poner de actualidad la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de noviembre de 2015 (recurso de casación 4091/2013), cuyo análisis constituye el objeto de este Informe.

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