viernes, 20 de marzo de 2015

La AN accede a la supresión de los datos personales del reclamante que aparecen en internet, en aplicación de la doctrina del TJUE sobre el “derecho al olvido”.

Se desestima el recurso de Google contra la resolución del Director de la AEPD que accedió a la reclamación de que los datos personales del solicitante no siguieran apareciendo en los resultados de búsqueda en internet, en concreto la información sobre una subasta de inmuebles relacionada con un embargo derivado de deudas de la Seguridad Social.



via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/1xEWuK7

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