viernes, 13 de febrero de 2015

La reorientación del recurso jurisdiccional formulado ante órgano incompetente hacia el que ostente la competencia, no es factible cuando el justiciable no sigue las indicaciones de la notificación y los recursos que constan en la resolución a impugnar

Con desestimación del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la entidad actora contra la sentencia que inadmitió, por extemporáneo, el recurso contencioso formulado, considera el TS que la doctrina correcta es la contenida en la resolución judicial impugnada.



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