Se revoca el acuerdo del Pleno del CGPJ que desestimó la pretensión de la demandante de resarcimiento de retribuciones económicas como analista de Jurisprudencia del CENDOJ referida al periodo de licencia de maternidad, restitución de derechos e indemnización. Considera el TS que la baja de la actora en el sistema de análisis de sentencias se produjo por causa exclusiva de su maternidad y no, como argumenta la Administración, “por no haberse prestado el trabajo de manera efectiva”.
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