Se mantiene la sentencia recurrida que anuló determinados preceptos de la Ordenanza del Ayuntamiento de Zaragoza de Circulación de Peatones y Ciclistas de 2009, por infringir, en distintos extremos, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Declara la Sala que, si bien las entidades locales ostentan competencias en la regulación del tráfico de las vías urbanas, sin embargo, dentro de sus potestades reglamentarias no puede adoptar las normas que estime oportunas si conculcan otras de rango superior, en este caso, una Ley estatal.
via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/1wv6WUE
via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/1wv6WUE
No hay comentarios:
Publicar un comentario