NOTA RELATIVA AL INFORME DE EVALUACIÓN QUE DEBE EMITIR LA
INTERVENCIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES EN LA CAPTURA DE
PRESUPUESTOS DEL EJERCICIO 2013
En los formularios para el cálculo de la capacidad o necesidad de financiación y el
de la regla de gasto, cada entidad local deberá reflejar los criterios que se tuvieron
en cuenta en el informe de intervención emitido en su momento para el expediente
de aprobación del presupuesto, pudiendo indicarse las observaciones que se
estimen oportunas.
En la remisión trimestral de información, a que se refiere el artículo 16 de la Orden
HAP/2105/2012, de 1 de octubre, el informe de intervención sobre el cumplimiento
del objetivo de estabilidad y de la regla de gasto, se ajustará a los criterios fijados
por la IGAE.
22 de marzo de 2013
No hay comentarios:
Publicar un comentario