Los permisos retribuidos que se disfrutan en días hábiles plantean la duda acerca de si los sábados computan. Hay resoluciones judiciales de signo contradictorio. La regulación del cómputo de plazos y acerca del carácter hábil de los días abona las dudas sobre los sábados. El asunto C-588/18 (Fetico), aborda la finalidad de los días de descanso que puede poner algo de luz en esta cuestión.
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