jueves, 2 de julio de 2020

El Supremo anula por discriminatorio el requisito de uso obligatorio del euskera en actividades para menores de 16 años exigido para ser beneficiario de subvenciones

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado la nulidad del requisito relativo a la utilización obligatoria del euskera en las actividades dirigidas exclusivamente a menores de 16 años, que se exige para ser beneficiario de subvenciones en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Lasarte.

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