La Sala estima el recurso de la Administración autonómica contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Salamanca y exonera a la Junta del pago del IBI y de la tasa de recogida de basuras de las viviendas de protección oficial, gestión pública y promoción directa en régimen de venta que se indican en la demanda.
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