El Tribunal Supremo establece que la solicitud de devolución de ingresos indebidos derivados de liquidaciones firmes como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad contenida en la indicada sentencia debe efectuarse necesariamente por los cauces establecidos en el Capítulo II del Título V de la Ley General Tributaria, esto es, por la revisión de actos nulos, por la revocación o por el recurso extraordinario de revisión.
via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia https://ift.tt/3eqh1Ok
No hay comentarios:
Publicar un comentario