lunes, 30 de diciembre de 2019

El Supremo establece que la venta de oro de un particular a un profesional está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas

El TS establece que la transmisión de metales preciosos por un particular a un empresario o profesional del sector está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas (TPO). Concluye que la operación ha de reputarse sujeta a TPO porque la misma debe ser analizada desde la perspectiva del transmitente (el particular), que es quien "realiza" el hecho imponible.

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