miércoles, 24 de julio de 2019

El TS fija como doctrina que no pueden ser elegidos para ningún cargo público los inhabilitados por sentencia penal, aunque no sea firme

La Sala estima el recurso de casación del Cabildo Insular de Fuerteventura interpuesto contra la sentencia dictada en procedimiento de derechos fundamentales, que anuló el Acuerdo que declaró la incompatibilidad del recurrente en apelación para el cargo de Consejero del Cabildo, como consecuencia de haber sido condenado con la pena de inhabilitación por la comisión de un delito de prevaricación.

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