miércoles, 25 de abril de 2018

Skin in the game: riesgo operacional y responsabilidad patrimonial administrativa

El contenido de cualquier contrato se define no sólo por las obligaciones asumidas por las partes, sino también por la distribución entre ellas de los riesgos asociados al contrato, es decir, las eventualidades no previstas que pueden afectar a las expectativas de rentabilidad. En este sentido, la Directiva de concesiones (Directiva 2014/23) y, como no podía ser menos, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), establecen la novedosa exigencia de que el concesionario asuma “un riesgo operacional (…) abarcando el riesgo de demanda o el de suministro, o ambos” (artículo 14.4 de la LCSP, y concordantes).

via INAP - La Administración al Día - Estudios y Comentarios https://ift.tt/2JpPjlu

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