lunes, 5 de marzo de 2018

El TSJ de Madrid cambia de criterio y declara que la determinación del incremento o decremento del valor susceptible de ser gravado por el IIVTNU no se puede dejar al arbitrio de la Administración

Se revoca la sentencia recurrida que confirmó la liquidación girada por el IIVTNU, al entender que no se había aportado prueba bastante de la inexistencia de incremento de valor susceptible de ser gravado por el Impuesto.

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