La comunicación aborda la nueva configuración de la gestión indirecta de los servicios públicos derivada de la Ley de Contratos del Sector Público de 2017, en especial la relativa a la gestión contractual de los mismos, que se articula como un subtipo específico de los contratos de concesión de servicios y de servicios, cuya definición se establece en función de si se transfiere o no el riesgo operacional al contratista. El análisis se centra en la necesidad de distinguir esa gestión de la de las otras prestaciones que integran tales contratos (servicios no públicos y actividades para la Administración), así como en la problemática relativa a los diferentes regímenes jurídicos que deben resultar aplicables correlativamente a los diversos objetos contractuales.
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