lunes, 5 de septiembre de 2016

Por exigencia de la normativa básica estatal, para la aprobación de los planes es obligatoria la incorporación de un estudio económico financiero

La Sala acuerda estimar el recurso interpuesto y declara la nulidad de pleno derecho del PGOU impugnado por haberse incumplido un requisito esencial en su aprobación, como es la incorporación de un estudio económico financiero. En el presente caso no se ha observado la normativa básica estatal que exige, para la aprobación de los planes, la incorporación de citado estudio conforme a lo establecido en el art. 37.5 del Reglamento de Planeamiento y doctrina jurisprudencial, exigencia que no está excluida ni negada por la Ley autonómica aplicada.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/2chkCjG

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