miércoles, 24 de junio de 2015

Para la concesión de la nacionalidad española la fecha que ha de tenerse en cuenta a los efectos del cumplimiento del requisito de “residencia legal” es la de la solicitud

Se confirma la sentencia que anuló la resolución denegatoria de la solicitud de nacional española y declaró el derecho del solicitante a su concesión. La resolución se fundó en el incumplimiento del requisito de residencia legal, ya que en la fecha de rarificación de la solicitud no se cumplía el requisito de residencia legal en España al haber sido denegado el permiso de residencia permanente al tener el solicitante antecedentes penales.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/1LBaiNj

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