martes, 30 de abril de 2013

Recurso de inconstitucionalidad núm. 1523-2004 interpuesto por el Parlamento de Cataluña contra la disposición final primera de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la modernización del Gobierno Local

El Tribunal Constitucional declara inconstitucional y nulo, el iniciso "El Alcalde podrá nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a personas que no ostenten la condición de concejales, siempre que su número no supere un tercio de sus miembros, excluido el Alcalde", del párrafo segundo, del artículo 126.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada al mismo por el artículo primero de la 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para Modernización del Gobierno Local


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Burgos.es /Diputación