El Tribunal Constitucional declara inconstitucional y nulo, el iniciso "El Alcalde podrá nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a personas que no ostenten la condición de concejales, siempre que su número no supere un tercio de sus miembros, excluido el Alcalde", del párrafo segundo, del artículo 126.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada al mismo por el artículo primero de la 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para Modernización del Gobierno Local
Enlace a STC http://www.tribunalconstitucional.es/es/resolucionesrecientes/Documents/2004-01523STC.pdf
Voto particular: http://www.tribunalconstitucional.es/es/resolucionesrecientes/Documents/2004-01523%20VPS.pdf
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