La Sala estima el recurso interpuesto y declara la obligación del Gobierno del Estado de elaborar, aprobar y promulgar la norma reglamentaria que regule las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público por las personas con discapacidad, ordenada en la DF 3.ª, punto 2, del RDLeg. 1/2013, por el que se aprueba el TR de la Ley General de los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://bit.ly/2P4iGhg
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