martes, 6 de junio de 2017

El TSJ de Andalucía, con sede en Sevilla, no considera exenta del IRPF las prestaciones por maternidad percibidas del INSS

La Sala desestima el recurso interpuesto contra la liquidación provisional girada por el concepto de IRPF, por considerar que la recurrente se encontraba obligada a presentar la correspondiente declaración, omitida en su día por aquélla, quien rechaza dicha consideración por entender no superado en el caso el límite legalmente establecido para ello al haber percibido parte de sus rendimientos de trabajo del INSS en concepto de prestación por maternidad, que considera exenta del Impuesto.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/2rZmEyU

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