viernes, 18 de diciembre de 2015

Los trabajadores temporales o indefinidos no fijos de la Comunidad de Madrid no tienen derecho a la excedencia voluntaria

El TSJ revoca la sentencia impugnada y considera procedente la extinción del contrato de trabajo adoptada por la Comunidad de Madrid. Señala que el demandante, trabajador indefinido discontinuo, en las campañas de INFOMA, comunicó a la demandada la imposibilidad de atender la campaña 2013 por tener que prestar servicios como bombero en el Aeropuerto de Hierro, en virtud de un contrato de interinidad, lo que le fue contestado por la demandada en el sentido de que no era procedente una excedencia voluntaria y que debía atender el llamamiento efectuado o se entendería extinguida la relación laboral con la Comunidad.

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