Se declara la conformidad a derecho del requerimiento del ONIF, dirigido la entidad bancaria recurrente, en el que se solicitaba que fuera facilitada la información con trascendencia tributaria necesaria para el desarrollo de las actuaciones encomendadas a los Servicios de Inspección de la AEAT; en concreto, la relación de cuentas bancarias que hubieran tenido un importe total anual por suma de apuntes en el haber por cuantía superior a tres millones de euros, el NIF del declarante y el código de cuenta. Se discute si, en el presente caso, la información solicitada afecta al ámbito de la intimidad constitucionalmente protegido, esto es, si fue o no legítima.
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