viernes, 20 de abril de 2012

Fwd: Preguntas más frecuentes Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre


Con motivo de la aprobación del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de
diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y
financiera para la corrección del déficit público, se ha venido
formulando un elevado número de consultas, tanto de particulares como de
empleados públicos y Entidades Locales, sobre aspectos concretos
referentes a la aplicación de la citada Norma. Por ello, es necesaria
una mayor agilización de la información a facilitar, con la consiguiente
acumulación y respuesta a las solicitudes que presentan una similitud de
contenidos.

El presente correo tiene por objeto, por una parte, facilitar el acceso
a la información preparada desde la Subdirección General de Relaciones
con otras Administraciones, dependiente de la Dirección General de la
Función Pública y, por otra, informar de que se ha puesto en marcha un
sistema de consultas que confiamos agilice el proceso de respuesta a las
mismas. El vínculo para acceder al sistema es el siguiente:
https://ssweb.mpt.es/ayuda/consulta/funcionpublicalocal. A partir de la
recepción de este correo, se ruega que las consultas se canalicen a
través de esta herramienta informática preparada expresamente con esta
finalidad.

Los criterios seguidos a la hora de preparar la aplicación informática
han sido los que, a continuación se indican:

En primer término, con relación a las consultas remitidas por
particulares y empleados públicos, se ha de informar que esta
Subdirección General carece de competencia para su respuesta, ya que las
funciones que tiene asumidas en materia de función pública autonómica y
local, en virtud del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, de
desarrollo de la estructura orgánica del Departamento, se circunscriben
a las relaciones con las propias Administraciones Públicas y, por ello,
no con personas físicas y jurídicas distintas de las mismas.

Por lo que se refiere, en segundo lugar, a las peticiones de información
procedentes de Entidades Locales, su gran número y coincidencia en
contenidos de muchas de ellas, ha aconsejado la búsqueda de una solución
de información general con aplicación de las nuevas tecnologías, a fin
de ampliar y agilizar el marco de información a los interesados.

Finalmente, el carácter general de las respuestas referidas a conjuntos
de consultas similares, implica que las mismas tengan un mero alcance
informativo y no vinculante, tanto para los interesados como para el
órgano que las emite. Las respuestas se emiten partiendo de la
aplicación de un criterio interpretativo conforme a las reglas del
Código Civil, atendiendo a la literalidad de la norma y su sentido
teleológico, en el marco de la realidad social en el que se dicta la
Norma, esto es, en consonancia con el carácter extraordinario de las
medidas que se adoptan y su finalidad de reducción del déficit público,
con el establecimiento de la medida general de congelación retributiva y
de la oferta de empleo público.

Confiamos en el uso de esta aplicación suponga una mejora sustancial en
la prestación del servicio que nos ha sido encomendado.

Saludos,
S.G. de Relaciones con otras Administraciones



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