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domingo, 23 de diciembre de 2018
El improrrogable plazo de tres años para ejecutar la oferta de empleo público es esencial @pcorvinos
Por fin, el TS ha interpretado el artículo 70.1 del EBEP, concluyendo que el plazo de tres años establecido en
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via Responsables personal Ayuntamientos http://bit.ly/2EKFO24
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